Aporrea
Software y el derecho de autor.
Los programas de computación o software, según la legislación venezolana, son obras del ingenio1 en consecuencia regulados por la Ley sobre el Derecho de Autor, entendiéndose por programa de computación: “a la expresión en cualquier modo, lenguaje, notación o código, de un conjunto de instrucciones cuyo propósito es que un computador lleve a cabo una tarea o una función determinada, cualquiera que sea su forma de expresarse o el soporte material en que se haya realizado la fijación...”2. Como cualquier obra del intelecto, el derecho sobre la misma es innato, nace desde el momento de la creación y es reconocido sin la necesidad de someter la obra al cumplimiento de ninguna formalidad, en otras palabras, no requiere ser registrada ni sometida a la consideración del Estado.


